jueves, 5 de abril de 2012

Reforma Constitucional: Vicepresidencia

En este clima de época que conlleva replanteos, reformas y profundizaciones y con la posibilidad cierta de una revisión de nuestra carta magna, este será el primero de numerosos post que se atreverán de manera impertinente y descarada a discutir instituciones constitucionales, que se encuentran desactualizadas, en desuso o que no cumplen la función dada por los constituyentes originarios con el único fin de llevar el cambio a todos los rincones del derecho, siendo que este es un gran resistente al cambio.


Desde la vuelta a la democracia, en Argentina hemos tenido 7 vicepresidentes, ellos fueron Victor Hipolito Martinez, Eduardo Duhalde, Carlos Ruckauf, Carlos Alvarez, Daniel Scioli, Julio Cobos y el actual Amado Boudou.

Revisando los principales hechos de la gestión de cada uno de ellos podemos resaltar que Victor Martinez, realizó viajes institucionales al exterior para consolidar diplomaticamente la vuelta a la democracia de Argentina. Eduardo Duhalde estuvo 2 años en el cargo para pasar a ser candidato y electo gobernador de la Provincia de Buenos Aires en 1991 hasta 1999. Carlos Ruckauf cumplió su mandato sin sobresaltos y le permitió acceder en 1999 a la gobernación de la Provincia de Buenos Aires. Carlos Alvarez a menos de un año de asumir el cargo renunció entre denuncias de coimas, poniendole fecha de defuncioón a la esperanzadora alianza. Daniel Scioli, como Ruckauf, entre rumores de peleas con Kirchner surcó su mandato permitiendole, este acceder, a la gobernación de la Provincia de Buenos Aires. Julio Cobos, lider de la concertación y radical K, a meses de asumir su mandato rompe públicamente con Cristina Fernandez de Kirchner llevando al país a una disputa institucional en cuanto al lugar que le corresponde a ese cargo y por último Amado Boudou, quien a 5 meses de asumir el cargo, se encuentra involucrado en una denuncia de corrupción durante su gestión en el Ministerio de Economía.

Luego de este resumen, cada uno puede sacar sus propias conclusiones, lo llamativo es la importancia efectiva del cargo de vicepresidente en las instituciones políticas y la ubicación en el centro de toma de decisiones, puedo decir sin miedo a equivocarme que ninguno de los anteriormente nombrados formó parte de las decisiones más importantes de los gobiernos a los que pertenecieron. Inclusive el caso de Ruckauf, Scioli y principalmente Duhalde me hace sospechar que es un trampolin para acceder a otro cargo menor en la estructura piramidal del Estado.

En el caso que me quiero detener es el que representó Julio Cesar Cleto Cobos, vicepresidente de la Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner. En función de sus exclusivas atribuciones ante un empate en la Cámara de Senadores. Cobos votó “no positivamente” a la ley de retenciones móviles en contra de las propuesta que había enviado al Congreso su compañera de formula. Esto además de materializar la ruptura (que a sus antecesores le habían adjudicado con sus compañeros de formula), trajo a discusión las atribuciones, limites, decisiones y voluntades propias de su cargo, en síntesis se puede decir que Cobos le dió tanta relevancia a su propio cargo lectivo individual que puso en peligro la misma institucion vicepresidencial. Cobos instaló la disyuntiva del rol institucional y politico del Vicepresidente. Aun asi y con el dolor que nos pesa lo que los sufrimos durante 4 años, su gestion, a los hechos de la historia intrascendente, la pregunta sigue vigente. Cual es el rol del vicepresidente?

El rol del vicepresidente de la Nacion, esta signada principalmente por 3 funciones.

- Es electo en su cargo junto con el Presidente de la Nacion (Art. 89 y subsiguientes de la CN): Esto implica que para ser destituido se debe requerir los mismos procedimientos que requiere un Presidente. Es el único cargo lectivo dentro del Poder Ejecutivo Nacional, quien es ejercido y encabezado UNICAMENTE por el Presidente de la Nación (art. 87).
- Es la persona que suplanta al Presidente en caso de acefalia o ausencia del país.
- Es el Presidente del Senado (art. 57): Dirigirá la Cámara y votará solo en caso de empate.

Las 3 funciones del vicepresidente estan ideadas para que ante cualquier situación, ya sea enfermedad, representación del país en el extranjero o renuncia, que involucre directamente al Presidente de la Nación, se asegure una continuidad a la voluntad popular expresada, esta idea esta reforzada por la ley de acefalia (20.972) la cual estipula un orden preciso de sucesión presidencial, el cual tuvo su prueba de fuego en Diciembre de 2001 superando con éxito las espectativas, sin el rol del vicepresidente quien había renunciado un año antes.

De igual manera se representa con el “voto desempate” del Senado. Si todas las Provincias se encuentran empatadas en una votación, desempata el Presidente (representado por el vicepresidente) quien encabeza el Poder Ejecutivo Central de la Nación. Esto justifica que ninguna provincia ocupe la presidencia del Senado por encima de las otras, situación que esta en desuso ya que la cámara ante la ausencia de la presidencia del senado posee un presidente primero que debe ser un senador en funciones.

En cuanto a sus funciones entendemos que las funciones que ejerce el vicepresidente son necesarias para la articulación de los dos poderes políticos del Estado. Pero la pregunta que surge en cuestión es porque la necesidad de la representatividad lectiva del mismo?
La situación de los paises vecinos es similar a la nuestra, Brasil, Uruguay, Paraguay y Bolivia son similares a la nuestra. Los vicepresidentes son electos por el mismo periodo que sus compañeros de formula y ademas ocupan la presidencia del Senado.

Teniendo en cuenta que nuestra constitución tiene como fuente practica la Constitución norteamericana dicha situacion se repite allí tambien.

El otro sistema vicepresidencial lo podemos observar por ejemplo que en España existen vicepresidentes y ellos son electos por el Presidente en la cadena de mando, a la vez ocupan cargos como ministerios o como actualmente sucede, portavoz de gobierno.

En Chile es similar, el actual Ministro del Interior es el vicepresidente de la Nación y sus atribuciones en caso de que tenga que asumir el ejecutivo son las mismas que la Constitución le atribuye al Presidente en ejercicio.

Por último y para concluir, consideramos necesario una reforma de la institución vicepresidencial para articular de manera más eficiente el liderazgo del Poder Ejecutivo Nacional en cabeza del Presidente de la Nación, la continuidad de la representatividad y por consiguiente de las políticas y principios legitimados en la figura del candidato a Presidente y la efectiva representación y aplicación de esa voluntad en la Cámara de senadores, pudiendo ser inclusive un senador propuesto por el Ejecutivo y votado por sus pares.

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